¡Pinceladas Ambientales!


Salto Ángel. 

Corre FEBRERO1960, y el verano es particularmente severo. Venezuela no puede declararse ausente de la angustia que genera la destrucción implacable de la naturaleza; veremos con dolor, ríos de piedras y arena, porque el agua superficial desaparece y la erosión camina por nuestra geografía. Pero lo que más preocupa, es cómo los centros poblados, que se quedan sin agua, van en aumento, mientras cada vez más se raciona el suministro.

A las masas boscosas, las únicas que tienen la magia para mantener el equilibrio ecológico y reciclar el agua para que no se agote, en lugar de protección y cuido, se les ha declarado una guerra implacable. La agresión irracional  contra el medio ambiente natural, no es de reciente data. Ya El Libertador, en MARZO1826, desde Chuquisaca (Bolivia), promulgó el primer Decreto Ejecutivo Conservacionista,  dictado en el Continente Americano y dirigido a la Gran Colombia, donde ordena reforestar las Cuencas Hidrográficas que suministran agua a los principales centros poblados, e imponer multas a los depredadores.

Luego fueron las guerras civiles desde 1830 a 1900, cuando Cipriano Castro y Juan Vicente Gómez a sangre y fuego, impusieron el orden y “bajaron al hombre del caballo”, aplicando la paz a su manera. Fue durante la larga dictadura Gomecista, cuando en 1917, se promulgó la primera Ley de Bosques, para ser administrada por los Prefectos de cada centro poblado, ya que para entonces, no existían estructuras administrativas específicas encargadas del manejo y control de los Recursos Naturales Renovables del País.

Siempre se ha afirmado que las naciones que no conocen su historia, insisten en cometer los mismos errores y su evolución es muy incierta, dentro de un eterno comenzar. Venezuela, por fortuna, ha contado siempre con ciudadanos que elevan su voz para alertar y convencer, a todos los niveles, sobre el drama y tragedia que agobia nuestra riqueza natural, y el grave peligro, por su destrucción.


Parque Nacional El Ávila.

Fue hasta 1942, durante el ejercicio presidencial de Isaías Medina Angarita, cuando un eminente Ministro de Agricultura, como lo fue Amenodoro Rangel Lamus, verdadero conocedor de estas materias, crea en su Despacho el Departamento Forestal, Caza y Pesca y emite las primeras disposiciones de Orden Técnico para regir estos asuntos. En el período dictatorial de Marcos Pérez Jiménez, entre 1952 y 1958,  el Ministro de Agricultura Carlos Tamayo Suárez, en el Estado Portuguesa construye el Sistema de Riego de Turén, de innegable utilidad y servicio público. Por Decreto se crea la Reserva Forestal de Turén y el Parque Nacional El Ávila. Así mismo se inaugura, la Represa de la Mariposa, destinada a suministrar agua a la Ciudad de Caracas. 

Es durante la época del Sistema Democrático, entre 1959 y 1999, cuando se promulgan Leyes Orgánicas, Leyes Especiales, Reglamentos, Decretos Ejecutivos y Disposiciones de Orden Técnico, para establecer en Venezuela, una Estructura Jurídica, Técnica, Administrativa y de Policía Especializada para la administración y el manejo de los Recursos Naturales Renovables y el Ambiente,  a nivel: Nacional, Regional y Local.  

Parque Nacional Sierra Nevada.

Debemos resaltar, que durante este lapso de la vida nacional, es cuando se atiende con mayor empeño y se profundiza la preocupación oficial hacia esta importante y vital tarea del Estado Venezolano, el cual despierta con noción de propósitos la conciencia conservacionista, a todos los niveles. Durante este lapso de cuarenta años, los últimos del Siglo XX, Venezuela sin lugar a dudas, paso a ser referencia Latinoamericana e Internacional, en el orden Ambiental y de los R.N.R.. La atención a este sector público, constituye Política de Estado y Doctrina Gubernamental, por cuanto la propia Constitución Nacional de 1960, considera de alto interés y como Objetivo Nacional, la Calidad de Vida y la Conservación, Defensa y Mejoramiento de los R.N.R y del Ambiente, actividades éstas, declaradas  de Alto Interés Nacional.

Se crean instituciones, de notoria utilidad públicas, como la Dirección de R.N.R. en el M.A.C. y los Programas de R.N.R. en las Zonas del interior del País. Posteriormente,  en forma trascendente, en ABRIL1977, se crea el Ministerio del Ambiente y de los R.N.R y el Instituto Nacional de Parques Nacionales.

En esta misma línea de acción, el Congreso Nacional discute y aprueba Leyes Orgánicas, como la Ley Orgánica del Ambiente y la Ley de Administración Central; Leyes Especiales y sus Reglamentos como la Ley Forestal de Suelos y de Aguas, Ley de Protección a la Fauna Silvestre, Ley Penal del Ambiente, la cual tipifica el delito ecológico e impone penas de cárcel a los depredadores del ambiente. El Ejecutivo Nacional, durante todos sus períodos de Gobierno, en éste lapso democrático, promulga Decretos, creando Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAES), muchas de las cuales tienen sus propias historias y originales antecedentes que ameritan entregas sucesivas en capítulos por venir.

También,  es irrefutable la atención preferencial a los pedimentos y al clamor de Instituciones Privadas, Organizaciones No Gubernamentales (ONG), Medios de Comunicación Social, Universidades, Científicos, Ambientalistas, Organizaciones Campesinas, Asociaciones de Vecinos y otros más, siempre preocupados por la destrucción y el abuso que depredadores de oficio y privilegiados protegidos, aún por sectores oficiales inclusive, realizan explotaciones y daños, a las masas boscosas que son, por la Constitución Nacional y las Leyes, son riquezas pertenecientes solo al conjunto global de todos los venezolanos de hoy y del futuro, y no del uso y abuso de unos pocos, quienes prevalidos de autoridad siempre han pretendido ubicarse por encima de la Constitución y de las Leyes.

¡Así lo viví y así lo cuento!

José Moreno Zambrano.

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